Sanciones por no informar intencionalmente
No denunciar deliberadamente (tener una sospecha razonable de abuso y decidir no denunciarlo puede ser sancionado. Las sanciones por no denunciar se han incrementado con las nuevas modificaciones de la CPSL.
El primer delito de omisión deliberada de informar es un delito menor de segundo grado. Las penas aumentan a un delito grave de tercer grado si el informante obligatorio no denuncia deliberadamente el abuso infantil que es un delito grave de primer grado o superior y el informador obligatorio tiene conocimiento directo de la naturaleza del abuso. Para ofensas múltiples, se comete un delito grave de tercer grado, aumentando si el abuso del niño es un delito grave de primer grado o superior.
Si la falta deliberada de informar continúa, mientras que el informante obligatorio sabe o tiene motivos razonables para creer que el niño está siendo abusado activamente, el delito se considera un delito menor de primer grado, excepto cuando el abuso del niño constituye un delito grave de primer grado o mayor. . En este caso, la sanción es un delito grave de tercer grado.